Mediación Mercantil-Empresarial
La Mediación en el ámbito Civil y Mercantil ha sido objeto
de regulación en España a través de la Ley 5/2012 de 6 de julio, de Mediación
en asuntos Civiles y Mercantiles, cumpliendo así la necesaria transposición a
la legislación nacional de la Directiva 2008/52/CE. Asimismo, esta Ley ha
supuesto al mismo tiempo el inicio en la ordenación general de la Mediación en
este ámbito.
Este tipo de Mediación trata de resolver las controversias
derivadas de las relaciones comerciales, intentado así preservar y mantener la
actividad empresarial.
Es preciso tener en cuenta que a la empresa no sólo le
afectan los conflictos de carácter vertical, sindicales o sociales, sino
también los de carácter horizontal, es decir, los generados por problemas entre
los empleados y directivos con otras empresas, clientes, proveedores, con la
Administración Pública o con el entorno social. La Mediación mercantil es
especialmente útil para la empresa ya que le permite ahorrar tiempo y dinero.