martes, 23 de septiembre de 2014

Mediación Mercantil-Empresarial

Mediación Mercantil-Empresarial

La Mediación en el ámbito Civil y Mercantil ha sido objeto de regulación en España a través de la Ley 5/2012 de 6 de julio, de Mediación en asuntos Civiles y Mercantiles, cumpliendo así la necesaria transposición a la legislación nacional de la Directiva 2008/52/CE. Asimismo, esta Ley ha supuesto al mismo tiempo el inicio en la ordenación general de la Mediación en este ámbito.
Este tipo de Mediación trata de resolver las controversias derivadas de las relaciones comerciales, intentado así preservar y mantener la actividad empresarial.

Es preciso tener en cuenta que a la empresa no sólo le afectan los conflictos de carácter vertical, sindicales o sociales, sino también los de carácter horizontal, es decir, los generados por problemas entre los empleados y directivos con otras empresas, clientes, proveedores, con la Administración Pública o con el entorno social. La Mediación mercantil es especialmente útil para la empresa ya que le permite ahorrar tiempo y dinero.



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